Trámites de Apertura y Licencia

A la hora de obtener una licencia, comunicado o autorización, es necesario acudir al Área de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Ávila o bien realizar esta consulta y tramitación a través de la Ventanilla Única Empresarial.

Existen varios tipos de Autorizaciones medioambientales que dependerán de la actividad, metros y ubicación del local.

  • Cambio de Titularidad: Si no se cambia de actividad no se establecerían costes de apertura o licencia. Desde su solicitud, la tramitación se puede demorar hasta un mes.
  • Comunicación Ambiental: Desde su solicitud, la tramitación se puede demorar entre uno y dos meses. Requiere un Informe Técnico Específico.
  • Licencia Ambiental: Desde su solicitud, la tramitación se puede demorar entre 3 y 6 meses. Requiere un Informe Técnico Específico, Proyecto Medioambiental…

Las tarifas generales, para locales abiertos o cerrados, calculadas en función de los metros cuadrados del local donde se desarrolla la actividad, parten desde 202,76 € para locales de menos de 25 metros cuadrados, incrementando esta cuantía según estipula  el Artículo 6 de la Ordenanza Número 12 en relación con lo dispuesto en la Sección 3ª del Capítulo III del Título I de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las haciendas locales.

Contrato Civil

Contrato privado donde se regulen los derechos y obligaciones de los socios (quien es administrador, supuestos de transmisión de participaciones o de muerte de un participe). En el caso en que se aporten bienes inmuebles y/o derechos reales, obligatoriamente se tendrá que firmar delante del notario, siendo en los demás casos potestativo, aunque recomendable. Las tramitaciones han de realizarse ante un gestor, abogado o socio, en el caso de documento privado, o notario, en el caso de escritura pública. El precio de redacción de un contrato de Comunidad de Bienes por un gestor o abogado suele oscilar entre los 80 € y 130 €.

Escritura Pública

En el caso en que se aporten bienes inmuebles y/o derechos reales, obligatoriamente se deberá elevar a escritura pública el contracto privado ante un notario, siendo en los demás casos potestativo, aunque recomendable. Los costes se establecerán en función del capital social aportado.

Declaración Previa de Inicio de Actividad

Previamente, antes de comenzar la actividad o emitir facturas, es aconsejable solicitar el NIF/CIF provisional. Con esta asignación, se podrá recibir facturas y deducir las cuotas de IVA soportadas, por lo que podrán deducirse todos los gastos que genere el negocio antes de comenzar la actividad.

La entrega de la tarjeta fiscal provisional se entrega en el momento de entregar la presentación de la declaración. Este trámite se puede realizar en la Agencia Tributaria de forma presencial (Impreso 036: 0,54 €) o telemática y a través de la Ventanilla Única Empresarial.

Liquidación  ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) y AJD (Actos Jurídicos Documentados)

Impuesto que se paga por su modalidad de operaciones societarias, en concreto por actos de constitución de sociedades, aportaciones de bienes o derechos a la misma. La cuota a pagar por este impuesto es un 1% del capital. Esta tramitación se realiza en el mismo momento de entregar el impreso y se puede realizar en el Servicio Territorial de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León de forma presencial (Impreso 600: 0,30 €) o telemática (http://servicios4.jcyl.es/iguia/fuentes/tr/intro/frm_3t_infotrib.htm).

Se debe entregar la documentación (contrato original y fotocopia) y hacer efectivo el pago antes de un mes desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución o firma del contrato privado. De todas formas tendrán que presentar el Modelo 600 las sociedades laborales, aunque estén exentas; en este caso rellenarán el apartado Exento del apartado Datos de autoliquidación con el código 212. También es necesario presentar la copia auténtica de la escritura de constitución y fotocopia.

Alta en el Impuesto de Actividades Económicas

La Tramitación del Alta en el IAE, que no tiene costes económicos y se realiza en el mismo momento de la entrega, se puede realizar en la Agencia Tributaria de forma presencial o telemática o a través de la Ventanilla Única Empresarial.

El Alta en el IAE es sólo obligatorio para:

  • Sujetos pasivos que no estén exentos del impuesto.
  • Sujetos pasivos exentos, cuando dejen de cumplir las condiciones exigidas para su aplicación.

Las personas físicas, jurídicas y las entidades a que se refiere el Art. 35.4 de la Ley 58/2003, General Tributaria, siempre que realicen en territorio nacional actividades empresariales, profesionales o artísticas. No obstante, están exentos del Impuesto entre otros:

  • Las personas físicas que, en consecuencia, no tributan.
  • Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, las sociedades civiles y las entidades del Art. 35.4 de la Ley 58/2003, General Tributaria, que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.
  • Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que operen en España mediante establecimiento permanente y que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros

Declaración Censal de Inicio de Actividad

La tramitación de la Declaración Censal de Inicio de Actividad, que no tiene costes económicos y se realiza en el momento de la entrega, se puede realizar en la Agencia Tributaria de manera presencial (Impreso 037: 0,54 €) o telemática o a través de la Ventanilla Única Empresarial.

Para darse de alta de actividad, han de presentar la declaración censal aquellas personas físicas, no jurídicas, que ya tienen asignado un NIF, es decir, las personas físicas que comuniquen el alta de actividad como empresario individual o profesional.

Inscripción de la empresa en la Seguridad Social y Altas Empresario y Trabajadores

Este trámite ha de realizarlo toda persona física o jurídica, por cuenta de la cual vayan a trabajar personas incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social. La empresa, habrá de inscribirse en la Tesorería de la Seguridad Social de manera presencial o telemática o a través de la Ventanilla Única Empresarial.

El resultado de la inscripción de la empresa es la asignación de un CCC (Código Cuenta de Cotización) válido para todo el país. Además si la empresa tiene más de un centro de trabajo situado en cada provincia deberá obtener un número de patronal.

Para realizar la inscripción de la empresa son necesarios:

  • Fotocopia del DNI de la persona que firma el TA-6.
  • Modelo TA-6 por triplicado.
  • Contracto de sociedad con los sellos conforme se ha liquidado el ITP/AJD.
  • Fotocopia del recibo IAE.
  • Póliza para la protección de los accidentes de trabajo y por la cobertura de la prestación económica por IT (Invalidez Temporal) derivada de contingencias comunes, indicando si opta por una Mutua patronal o por el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social).

Si la empresa tuviera trabajadores, la alta de estos habría que registrarla a través del modelo TA-2/S, fotocopia del DNI y fotocopia de la cartilla de Asistencia Sanitaria del trabajador/a. Si es la primera vez que trabaja, el modelo sería el TA-1 y si tiene personas a su cargo, sería el P-1.

Comunicación de apertura del centro de trabajo

Esta comunicación tiene que presentarse cualquiera que sea la actividad de la empresa y con independencia de que tenga o no trabajadores a su cargo. La comunicación de apertura puede realizarse en la Oficina Territorial de Trabajo de manera presencial o telemática o en la Ventanilla Única Empresarial.

Han de realizar este trámite tanto las empresas de nueva creación, como las que se encuentren en los supuestos de apertura de nuevo centro de trabajo, cambio de actividad, traslado y reanudación de la actividad.

El impreso ha de ir acompañado del Plan de Seguridad e Higiene en el trabajo, para los centros de trabajo de construcción, y proyecto técnico y memoria descriptiva para actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. Si la empresa tiene trabajadores el impreso se deberá acompañar además de los comprobantes de pago de los permisos municipales.

Modelo Contrato Comunidad de Bienes

Epígrafes IAE

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Medio Ambiente del Ayuntamiento de Ávila

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Modelo 037 Agencia Tributaria

Modelo 600 Liquidación ATP/AJD

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Comunicación de Apertura de un Centro de Trabajo

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