Noticias

Empresa

Nuevo sistema de cotización de autónomos 2023

A partir del 1 de enero de 2023, se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos basado en los rendimientos anuales obtenidos en el ejercicio de todas sus actividades económicas, empresariales o profesionales.

Esto implica que en momento de darte de alta deberán llevar a cabo los siguientes pasos:

  1. Cálculo de los rendimientos netos anuales previstos, que se comunicarán en el momento del alta. ¿Cómo se calculan estos rendimientos netos? Para este cálculo debes tener en cuenta todos los rendimientos netos previstos de las distintas actividades que realices como trabajador por cuenta propia, a los que tendrás que sumar el importe de las cuotas abonadas a la Seguridad Social. A estos rendimientos netos y siempre que hayas estado de alta en el régimen especial de autónomos 90 días, se aplicará una deducción por gastos genéricos del 7%, porcentaje que en el caso de socios mercantiles se reduce a un 3%.
  1. Elegir la Bases provisional de cotización en función de la previsión del promedio mensual de los rendimientos netos previstos, conforme a una tabla general de bases fijada cada año por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Las bases elegidas tendrán carácter provisional hasta el momento de la regularización. Enlace “Tabla general de bases”.
  2. Ajustar las Bases según Rendimientos previstos.- Si estimas que tus rendimientos netos pueden variar a lo largo del año, puedes solicitar a la Seguridad social cambio de Base cada 2 meses (6 veces al año), a través del servicio de “Base de cotización y rendimientos” a la que puedes acceder en el siguiente enlace: Base de cotización y rendimiento . Esta modificación será efectiva en las siguientes fechas:
      • 1 -marzo -2023.- si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
      • 1 – mayo – 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
      • 1 – julio – 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
      • 1 – septiembre-2023, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
      • 1 – noviembre – 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
      • 1 – enero – 2024, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.
  1. Regularización y Bases definitivas.- La Agencia Tributaria comunica a la Seguridad Social los rendimientos netos obtenidos en el año anterior, reduce esa cuantía el % de los gastos adicionales y compara el promedio de bases provisionales con el tramo correspondiente a los datos comunicados por la Agencia Tributaria.

3 situaciones:

      • Promedio de bases provisionales coincide con tramo de bases definitivas.- quedan regularizadas las bases.
      • Promedio de bases provisionales inferior al tramo de bases definitivas.- Seguridad social regulariza todas las bases provisionales a la base mínima del tramo que correspondan las bases definitivas, notificando la cuantía diferencial que deberá ser ingresada de una sola vez antes del último día del mes siguiente al que se produzca la notificación.
      • Promedio de bases provisionales superior al tramo de bases definitivas.- Seguridad Social regulariza todas las bases provisionales a la base máxima del tramo que corresponda a las bases definitivas. Se procederá a la devolución de oficio de la cuantía diferencial en un solo pago con anterioridad al 30 de abril del ejercicio siguiente a aquel en el que la Agencia Tributaria haya comunicado los rendimientos.

Enlaces de interés:

Nuevo sistema de cotización de autónomos 2023 Seguridad Social

Tabla de rendimientos y bases de cotización

Folleto informativo Nuevo sistema de cotización de autónomos 2023

Preguntas y respuestas sobre el nuevo sistema de cotización de autónomos Seguridad Social 

Simulador cuotas autónomos 2023

 

 

 

 

 

Skip to content